Luego de que el Tribunal de Disciplina desestimara la denuncia realizada por la directiva aurinegra, exigiendo la resta de puntos a General Velásquez por la irregularidad en la entrega del contrato del preparador de arqueros Héctor Lazo, se realizará la apelación correspondiente indexando el fallo de septiembre de 2016, cuando a Unión La Calera se le restaron tres puntos tras la mala inscripción del entrenador en el duelo ante Deportes Valdivia.
Como un balde de agua fría cayó en el plantel, cuerpo técnico y dirigencia de Fernández Vial la desestimación del reclamo interpuesto contra General Velásquez ante el Tribunal de Disciplina de la ANFP por la irregularidad en la inscripción de Héctor Lazo como auxiliar médico, pese a que cumple funciones como ayudante de arqueros, en el duelo entre ambos elencos.
Desde la dirigencia aurinegra ya anunciaron que se realizará la apelación correspondiente dentro de los cinco días que da de plazo la normativa. Pero además, dicha apelación incorporará un antecedente nuevo: El fallo que le restó tres puntos a Unión La Calera en septiembre de 2016, tras la mala inscripción del DT Mario Pobersnik, en el duelo ante Deportes Valdivia.
Una fuente cercana a la dirigencia vialina explicó que «hay antecedentes que no han sido vistos por el Tribunal, y que a mi parecer son determinantes para establecer el verdadero cargo que ejerce en la práctica esta persona. Él es preparador de arqueros y no auxiliar paramédico como dice su contrato, teniendo que cumplir con la condición de tener un título en el INAF y un contrato registrado en ANFP que detalle la función específica para la cual está contratado».
Además apunta a que el incumplimiento de esta normativa está sancionado por el artículo 49 del Reglamento de Competiciones. «Es un ex arquero histórico del club, y hoy está en primer año de la carrera de Entrenador de Arqueros. Hay fotos y algunos vídeos partidos en los que aparece entrenando a los arqueros», señala la fuente a este medio.
Además la misma persona cercana al elenco vialino aclara que la denuncia no está asociada a la mala inscripción en la planilla: «Ese tema ni nos interesa, es un antecedente más de la causa. Lo fundamental es lo que dice en los tres primeros párrafos el artículo 49, donde se señala que en la banca sólo se pueden sentar quienes tengan contratos registrados ante la ANFP, cumplan con requisitos correspondientes y las funciones declaradas ante la ANFP, y en el caso del equipo médico, que sostengan un contrato simple entre el club y el médico o la institución para la que trabajen.
EL CASO DE UNIÓN LA CALERA
En septiembre de 2016, Unión La Calera derrotó a Deportes Valdivia en el torneo de Primera B. Sin embargo, el marcador fue invalidado luego de que se comprobara que el DT de la época, Mario Pobersnik no estaba habilitado para dirigir.
Según explicó el Tribunal de Disciplina en aquella ocasión, la solicitud de revisar la situación del ex futbolista trasandino llegó por parte del directorio de la ANFP, ya que el Colegio Profesional de Técnicos de Fútbol de Chile no validó el título de Pobersnik y su contrato no fue aceptado pese a estar al borde de la cancha dirigiendo a los cementeros, así como también participando de las prácticas.
Tomando en cuenta estos antecedentes el Triubunal decidió quitarle los puntos obtenidos en el 1-0 a Valdivia y dárselos al equipo de la Región de Los Ríos, que gana el encuentro por 3-0. Además, al club «cementero» se le aplicó una multa de 500 UF.
Con estos antecedentes, Fernández Vial busca que su planteamiento sea considerado y de esta forma, sumar tres puntos que le permitan llegar a la liguilla de ascenso de Segunda División.
Fotografía: Andrés Yañez/La Pelota es Mía